Juicio penal por violencia
EN 72 HORAS PUEDE CONSEGUIR UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO Y OTRAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN
RESUMEN :
Son las lesiones físicas o psicológicas denunciadas, ante el Juez de Familia para que penalice el caso ante Jueces Penales ya no de familia (nueva ley Nov 2015).
COMENTARIO
La violencia familiar es considerada ahora un delito (Nov 2015) y como tal el Juez de Familia solo hará una intervención “para cesar” los actos lesivos y luego todo el proceso pasara a un fiscal y luego a un Juez Penal.
Las agresiones físicas, verbales, o incluso de gestos entre miembros de una familia, o ex convivientes o ex esposos o procreadores de hijos, son considerados actos de violencia familiar. Como tal pueden ser objeto de denuncia escrita pero no solo eso, el hacerse pagar poco en el trabajo para no pasar alimentos, el destruir las cosas del otro o el impedir las visitas son modalidades de violencia familiar.
Una buena estrategia es conseguir que se disponga diversas medidas de protección a fin de poder poner fin al acto de violencia, e incluso el alejamiento del agresor de la casa pero esto las primeras 72 horas.
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