Orden de Alejamiento
DESDE 72 HORAS SI UD. PROCEDE DE INMEDIATO A LA AGRESIÓN
RESUMEN :
Es la prohibición, de aproximarse a alguna persona.
COMENTARIO
Ésta es una nueva figura, que a veces se confunde con impedimento de acoso.
Recientemente, se han empezado a expedir en algunos Juzgados y Fiscalías, ordenes de alejamiento. Eso es para no acercarse más de determinados metros de alguien.
Esto es la excepción, o sea, no es muy común. Pero antes las autoridades ni se atrevían a darla. Esto es un avance. Si Ud. logra probar el peligro que significa el familiar “denunciado”, es mejor amonestarlo, y con ello evitar un perjuicio mayor.
Estas órdenes de alejamiento, se están dando dentro de la ley de Violencia Familiar.
Sin embargo a veces se confunden con otras que impiden el ejercer violencia es recomendable saber diferenciarlas.
Consultas
Con nuestros expertos, toma de 15 a 20 minutos.
Mediante ella se le sustenta las pruebas a usar y posibilidad de éxito o fracaso.
Consulte con nuestro equipo de especialistas
981 465 058
ESCRIBENOS
CONECTAR
981 465 058
consultalegal@aboganet.pe
719 4737
981 465 058
consultalegal@aboganet.pe