Violencia familiar
DESDE 72 HORAS PUEDE OBTENER MEDIDAS TEMPORALES DE ALEJAMIENTO DEL AGRESOR, Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN
RESUMEN :
La nueva ley (Noviembre 2015) agrupa la violencia como física, psicológica, sexual, económica (no pasar alimentos) apropiarse o destruir bienes o apoderarse de dinero.
REQUISITOS DEL NUEVO TRÁMITE
De un hecho violento entre familiares, pueden surgir dos procesos; uno por violencia que ahora es competencia del Juez de Familia, quien actuara en 72 horas y luego pasara todo el expediente a la Fiscalía Penal y de ahí al Juez Penal, en otras palabras los procesos de Violencia Familiar se han penalizado ósea se tramitan como un delito. El otro proceso que posiblemente se genere será el de lesiones que también es un proceso penala ejercerá el padre, o madre que acredite que el menor:
QUÉ ES VIOLENCIA FAMILIAR
Son las agresiones físicas, verbales, o incluso de gestos, o conductas abusivas (no pasar alimentos o no dejar ejercer visitas) entre miembros de una familia, inclusive entre ex convivientes, o ex esposos, son considerados actos de violencia familiar. Como tal pueden ser objeto de denuncia escrita ante el Juez.
En estos procesos Ud. puede conseguir que se disponga diversas medidas de protección en 72 horas a fin de poder poner fin al acto de violencia, e incluso el alejamiento del agresor de la casa.
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